Exporta, explota, me expló!

El greenwashing alimentari: l’amenaça més gran per a la nostra salut, el medi ambient i els drets humans

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Que exista una demanda social para cubrir una necesidad no implica que deba ser satisfecha, necesariamente, de la forma en la que lo hacen las plataformas digitales de reparto. Una persona contratada con unas condiciones de trabajo dignas y marcadas por un convenio colectivo lo haría igualmente.

Pero ¿y si resulta que no, que un trabajo digno es incompatible con este tipo de plataformas? ¿Y si el problema es el modelo en sí, que su única forma de supervivencia económica es a través de la explotación laboral?

¿Por qué se resisten estas empresas -hasta el punto de saltarse la ley y las sentencias judiciales a la vista de todo el mundo- a contratar personas trabajadoras y asumir todos los derechos que ello conlleva? Porque la precariedad laboral es su razón de ser.

Y esto nos lleva a las condiciones de trabajo. ¿Qué hay detrás del espejismo de gente joven en bicicleta, que te trae la comida a casa con una sonrisa, que irradia libertad, que son autónomas y emprendedoras, estudiantes que consiguen dinero extra y fácil?

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Algoritmos, sistemas de reputación, geolocalización permanentemente activa… Para que todo funcione, las plataformas necesitan un perfil determinado de repartidor, que esté dispuesto a aceptar cualquier condición con tal de poder trabajar.

Requieren mano de obra necesitada, que trabaje todo lo posible, que no se queje, que no se organice, que no levante la voz; una masa de gente vulnerable y fuertemente disciplinada. Y las plataformas buscan esa masa de personas vulnerables. Esto explica que prácticamente la mayoría sean migrantes y que una proporción cada vez mayor estén en situación administrativa irregular.

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Gracias a la lucha del colectivo, un largo litigo entre plataformas y sindicatos se saldó con una sentencia del Tribunal Supremo en septiembre de 2020 que dictaminaba que los riders eran falsos autónomos. Empujado por esta sentencia, el Gobierno sacó adelante la llamada ley rider, que entró en vigor en septiembre de 2021.

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Sus dos grandes puntos eran establecer la ilegalidad del formato de falsos autónomos y que los algoritmos que determinan las condiciones de trabajo, salarios, horarios, etc. deban ser transparentes. Un año después, algunas cosas han cambiado. Buena parte han seguido igual y las que han cambiado no siempre ha sido a mejor.

Cada empresa ha optado por una estrategia diferente. La primera, seguir utilizando falsos autónomos, es el camino elegido por Glovo. La segunda estrategia ha consistido en subcontratar las flotas de riders a empresas de trabajo temporal, convirtiendo a las ETT en una pantalla laboral que es un auténtico coladero de derechos laborales.

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La ley obliga a las empresas a informar a las representantes de las personas trabajadoras delos parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o “sistemas de inteligencia artificial” que afecten “a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo” o “el acceso y mantenimiento del empleo”. Pero también aquí, las estrategias seguidas por las empresas –seguir con falsos autónomos y subcontratar a través de ETT– sirven como vía de escape al cumplimiento de las obligaciones hacia la representación sindical.

Se trata de una suplantación de identidad: un repartidor o repartidora dado de alta en el régimen de autónomos con cuenta en una o más plataformas le entrega la clave para su sesión a otra persona a cambio de una tarifa fija o de un porcentaje de lo facturado. Todo esto significa que quien trabaja con una cuenta alquilada debe rendir todavía más que quien tiene una cuenta propia.

«Si no cogías horas el viernes, sábado y domingo, te sancionaban quitándote horas de trabajo. Cuando soltábamos horas, te bajaba el rendimiento. Desde el principio esto era así y luego, daba igual los pedidos que hicieras, tu media era horrible» [Rider entrevistado]

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«Yo me ponía alarmas por la noche para ver si algún compañero había soltado horas o turnos y, así, coger su turno. No te daban siempre todas las horas seguidas» [Rider entrevistado].

«Te tenías que ganar el puesto. Si empiezas a rechazar pedidos o a soltar turnos, la consecuencia es que la semana que viene te quedas sin horas» [Rider entrevistado].

«A veces, cuando hablamos con los abogados y demás, dicen: bueno, a ver, tráeme tus nóminas y vemos cómo podemos hacerlo. Y dices tú: pero ¿qué nóminas?, ¿un historial de la aplicación? Hay personas que trabajan setenta o más horas semanales, incluso alguno ha llegado a las cien, sin librar un solo día ni enfermarse ni tener vacaciones, y todo por 1 000 € al mes» [Riders x derechos].

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A pesar de que, con la ley rider, algo ha cambiado, la realidad es que los algoritmos aún operan como cajas negras; es decir, es extremadamente difícil saber qué variables miden concretamente porque, en realidad, parece que prácticamente todo pasa por ellas.

Las variables son desconocidas, pero sus consecuencias, no.

El vergonzoso, y esperemos que efímero, triunfo de las plataformas de reparto es haber conseguido que un modelo basado en la economía sumergida, condiciones leoninas de trabajo y empleo de personas extranjeras en situación administrativa irregular, se desarrolle, literalmente, a la vista de todo el mundo.

Y este problema no es exclusivo de los riders, sino colectivo.

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