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Poner punto y final al ataque masivo de los gigantes de la comida basura en redes sociales es fácil si los políticos quieren

30 octubre, 2026

  • Actualmente, no existe ninguna normativa de la UE que proteja a los menores frente a la publicidad de comida poco saludable. Lo saben las marcas y los saben los políticos que regulan las leyes en la UE

  • Siguiendo 4 puntos clave que propone Justicia Alimentaria se alcanzaría la ley definitiva para proteger a la infancia de la publicidad de comida basura

Son muchas las marcas de comida poco saludable que incitan a nuestros menores las 24 horas del día los 7 días a la semana a consumir productos demasiado grasos, demasiado dulces, demasiado salados y demasiado ultraprocesados. Ante este bombardeo permanente, los datos oficiales dibujan un panorama desolador: 1 de cada 3 niños en edad de educación primaria en Europa tiene sobrepeso o padece obesidad. Son, quizás, el público más vulnerable y expuesto de nuestra sociedad, ya que aún no son capaces de identificar la publicidad como tal, y la industria, claro está, lo sabe.

Curiosamente, no existe ninguna normativa de la UE que proteja a los menores frente a la publicidad de comida poco saludable. La presidenta de la Comisión Europea presentó recientemente la «KIDS ACT» (Ley para los menores) con el fin de proteger a los niños en el entorno digital; asimismo, están en camino otras dos normativas: la Directiva de servicios de comunicación audiovisual (DSCA) y la Ley de equidad digital (DFA, por sus siglas en inglés). Ninguna de ellas contempla, por ahora, la prohibición de la publicidad de comida poco saludable dirigida a los menores.

La correcta identificación de la publicidad en las redes sociales es lo mínimo exigible, pero no es suficiente, ni mucho menos. Lo único aceptable es la prohibición del marketing de alimentos insanos dirigido a la población infantil y juvenil, especialmente el vehiculado a través de las redes sociales. ¿Qué tenemos en lugar de una buena normativa pública? La autorregulación, los Códigos Voluntarios, las recomendaciones éticas… Una batería de herramientas elaboradas por la propia industria que no han funcionado, no funcionan y no funcionarán.

Y mientras tanto… ¿qué sucede en España con la publicidad infantil de alimentos insanos?

En el caso particular del Estado español, la regulación brilla por su ausencia, ya que se sigue aplicando el sistema de la autorregulación empresarial, un enfoque que se considera deficiente y totalmente ineficaz. Es más, en el Estado español no hay ni una sola norma que regule la calidad nutricional de los alimentos publicitados dirigidos (directa o indirectamente) a la población infantil y juvenil. Porque hasta ahora, la industria alimentaria ha conseguido bloquear todas y cada una de las iniciativas que han intentado proteger a la población infantil y juvenil del marketing de alimentos insanos. A día de hoy, todavía es legal que los influencers puedan publicitar alimentos insanos a la población infantil y juvenil sin ningún tipo de filtro o penalización. Desde Justicia Alimentaria llevamos años pidiendo una regulación estricta de la publicidad de alimentos insanos en la población infantil. Ahora que parece que en Europa se está moviendo algo, pedimos a la UE que incluya las peticiones de Justicia Alimentaria con el objeto de proteger los derechos de la infancia a la salud y al libre desarrollo de la personalidad, evitando el efecto pernicioso de la publicidad de alimentos y bebidas no saludables. Demandamos un sistema de regulación, con rango legal apropiado, que garantice que la población infantil únicamente pueda verse expuesta a publicidad de alimentos y bebidas saludables, con un perfil nutricional acorde con las recomendaciones de los expertos. La regulación de la publicidad alimentaria que proponemos, para ser eficaz, deberá contemplar los siguientes elementos:

  1. Aplicación de los perfiles nutricionales diseñados por la Organización Mundial de la Salud (OMS)
  2. Su ámbito de aplicación abarcará todos los medios publicitarios, y en particular televisión, cine, radio, medios impresos, internet, videojuegos, telefonía móvil y patrocinios de toda índole.
  3. Será de aplicación a toda la publicidad alimentaria emitida por televisión en horario infantil (6:00-22:00), en las cadenas generalistas, tanto en los espacios publicitarios como durante la emisión de los programas, así como a lo largo de toda la emisión de las cadenas infantiles.
  4. Capacidad sancionadora eficaz.

Impulsada por la Alianza por una Alimentación Saludable, compuesta por Justicia Alimentaria, CECU, CEAPA, SESPAS, Amigos de la Tierra y MedicusMundi, la demanda propuesta para regular la publicidad de alimentos y bebidas insanas en España ha recibido el apoyo de cerca de un centenar de organizaciones de la sociedad civil. El problema es que un solo país solo puede proteger a los menores de forma muy limitada y la mayoría de países europeos no han adoptado ninguna medida (ninguna) que restrinja la exposición de la población infantil a los alimentos insanos. Según la legislación de la UE, los canales de televisión y los servicios de streaming están sujetos al principio del «país de origen». Por tanto, un país solo puede regular a los proveedores establecidos dentro de sus fronteras, pero no a aquellos con sede en otros Estados miembros de la UE. La publicidad en línea, los influencers y plataformas como TikTok o YouTube tampoco se detienen ante las fronteras. En consecuencia, una protección eficaz solo es posible mediante normas uniformes para toda la UE.

Por una ley que protege a la infancia de la publicidad, ¡YA!